SERVICIOS PARA PERSONAS FÍSICAS
OBTENCIÓN DE CERTIFICADOS DIGITALES
- En pocos años, la tecnología ha cambiado nuestra forma de comprender el mundo, de comunicarnos y de relacionarnos. Entre otras muchas cosas, la digitalización ha permitido al ciudadano agilizar los trámites con la administración, a menudo engorrosos y molestos. En este proceso, el certificado electrónico juega un papel fundamental. Se trata de una firma digital que el usuario instala en el navegador para garantizar su identidad en Internet y que le permite realizar gestiones desde el ordenador, dispositivo móvil o tableta ante cualquier organismo público que admita esta rúbrica: Agencia Tributaria, Seguridad Social, SEPE, Registro Civil, ayuntamientos, centros hospitalarios, DGT…
- El primer paso para iniciar el trámite obliga a registrarse en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), donde el usuario obtiene un código que debe validar de forma presencial en un punto de registro de la administración pública. Esto obliga a desplazarse, con la consiguiente pérdida de tiempo que supone acercarse hasta ese lugar. Además, no siempre es tan sencillo completar esta gestión. Muchos habitantes de poblaciones rurales, por lo general gente mayor, deben recorrer kilómetros hasta llegar a algunas de estas sedes. Lo mismo ocurre con las personas que están hospitalizadas, enfermas o que residen en otros países, lejos de sus domicilios.
- En Assessoria 13 podemos TRAMITAR Y EMITIR SU CERTIFICADO DIGITAL
- Assessoria 13 es PUNTO DE VERIFICACIÓN PRESENCIAL
- El Punto de Verificación Presencial (PVP) es una entidad que realiza el mismo papel que el realizado por las Delegaciones de Hacienda cuando quieres obtener el certificado a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- Assessoria 13 colabora con Camerfirma ,la primera certificadora de España, después de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Camerfima tiene acuerdos con todas las CCAA y con todas las instituciones públicas. Y dispone de autoridad para poder emitir identidades digitales a nivel europeo.
- Nuestros asesores una vez hayan comprobado su documento de identidad emiten el CERTIFICADO DIGITAL de forma rápida, segura e inalterable.
- Gracias a este certificado usted puede identificarse de forma telemática con total seguridad y firmar o cifrar documentos electrónicos en cuestión de segundos, sin necesidad de desplazarse ni de completar papeleos innecesarios y si usted no puede desplazarse a nuestro despacho no hay problema, un asesor vendrá a su domicilio y realizara el tramite de identificación.
RENTA
- Confeccionamos y presentamos tu declaración
Llámanos y pide cita al 604.990.100 o PULSA AQUI
- Que es el la declaración de la Renta 2023 (Año 2024)?
Es la presentación del impuesto de la Renta a las Personas Físicas, que es un tributo directo, personal y progresivo, el cual hemos de liquidar de manera anual. La declaración de la Renta correspondiente al 2023 tendremos que presentarla en el período fijado por Hacienda para la declaración de la Renta en 2024. Tiene en cuenta todas nuestras fuentes de ingresos y patrimonio, así como nuestra situación personal y familiar en años naturales (1 de Enero al 31 de Diciembre).
Es un impuesto parcialmente cedido a las comunidades autónomas que pueden encarecer o abaratar algo más los tramos estatales, así como añadir reducciones, deducciones y bonificaciones.
- Estoy obligado a presentar la declaración de la Renta?
Algunas de las circunstancias que nos obligan a presentar la declaración son las siguientes:
Rendimientos del trabajo superiores a 22.000€ brutos anuales procedentes de un solo pagador
- Rendimientos del trabajo superiores a 14.000€ cuando la suma del segundo y sucesivos pagadores sea superior a 1.500€
- Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención superiores a 1.600€ anuales de manera conjunta
- Perdidas patrimoniales superiores a 500€
- Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado superiores de manera conjunta a 1.000 euros anuales
- No obstante, aunque no estemos obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración para obtener su devolución.
- Quieres que revisemos y/o presentemos tu declaración?
Una vez nos facilites toda la información, procederemos a realizar un análisis exhaustivo, con el objetivo de garantizar una óptima gestión de tu Declaración de la Renta y presentarla dentro de los plazos del calendario de la Renta determinados por la Agencia Tributaria. Revisaremos y aplicaremos todas las deducciones y reducciones a las que tengas acceso, mejorando así el importe final.
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CAPITALIZAR EL PARO
- Monta tu negocio con la prestación por desempleo
- Gestiónamos y tramitamos la capitalización de tu prestación por desempleo
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- ¿ Qué es la capitalización del desempleo?
La capitalización del paro se trata de un pago único procedente del total monetario que nos debe el Servicio Público de Empleo cuando nos encontramos en la situación de desempleo para la inversión en la creación de tu negocio.
- Requisitos para pedir el pago único
- Tener derecho a la prestación por desempleo del nivel contributivo
- Contar con el derecho a un mínimo de 3 meses de prestación en el momento de la solicitud
- No haber recibido el pago único en los 4 años anteriores
- Iniciar una actividad en una sociedad, cooperativa o como autónomo
- No haber empezado la actividad antes de la fecha en la que presenta la solicitud
- No haber compatibilizado la prestación por desempleo en los últimos 24 meses
- En el caso de ser un Trabajador Económicamente Independiente (TRADE) no contar con el antiguo empleador en el desarrollo de la actividad del, nuevo negocio
- En el caso de entrar en una sociedad creada en los últimos 12 meses, no podrás haber mantenido ningún vinculo laboral con la misma o con otra emprea del mismo grupo
¡NO TE PREOCUPES POR NADA¡ NOSOTROS NOS OCUPAMOS DE TODOS LOS TRAMITES
¡COBRA EL 100% PARO DE TU PARA PARA MONTAR TU NEGOCIO!
NOS ENCARGAMOS DE:
- Inscripción como demandante de empleo
- Elaboración del proyecto completo
- Solicitud de la capitalización al SEPE
- Aporte de documentos requeridos
- Seguimiento del tramite
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TE PREGUNTARAS, ¿Y LUEGO QUÉ?
Pues una vez obtenida la capitalización de tu paro podrás darte de la alta de autónomo o como sociedad para desarrollar tu idea empresarial y registrar tu marca.